Darren O. Aitken, Esq.
Una parte tiene el derecho de poner cualquier experto signado por la parte opositora. [CCP § 2034 (i)]. De hecho, cualquier experto retenido por el lado opuesto debe ser producido para de posición bajo noticia propia. [CCP § 2034 (h)]. El derecho de poner no iguala, de cualquier manera, con la obligación de deponer, así que la primera consideración que el consejero debe hacer es si debe deponer a un experto particular antes del juicio. El costo de tal deposición (incluyendo tarifas experto proyectadas) debe ser balanceado contra la ventaja de conocer la posición de un experto antes de que éste tome el banquillo. Esta decisión puede ser influenciada por detalles como si el experto en cuestión ha producido un reporte detallado (por esto reduciendo el peligro de sorpresa), y si el experto ha sido designado en un tópico “no importante”, o en un área donde las partes tienen acuerdo sustancial. En algunos casos, no valdrá la pena el tiempo o esfuerzo de deponer a un experto particular pero tal decisión debe tomarse con precaución nada previene a un experto de ir más allá del contenido o sujeto del reporte, o de modificar (y aún contradecir) las opiniones “preliminar y” contenidas en el reporte. Por ello, en mi opinión, deponer a los expertos del oponente deberá ser una regla general.
No existe nada en el código de procedimientos civiles (o jurisprudencia), que indique que una parte tiene “prioridad” sobre la otra en relación a la deposición de expertos. Por ello, no existe autoridad para él a menudo escuchado argumento de que los expertos del demandante deben ser depuestos antes de los del defensor. De hecho, en la declaración de los peritos cada abogado debe testificarlo que la “sustancia general” del testimonio del experto, y afirmar que el experto está listo para ofrecer una deposición “significativa” con relación al testimonio que se espera de él en el juicio. El requerimiento de que uno debe declarar a sus expertos “listos” en la fecha que el intercambio del experto es realizado debilita cualquier contención de que los expertos de un lado son requeridos de atestiguar primero. No tengo conocimiento de ningún estatuto o caso en los que se sostenga que el primer lado en servir una noticia de deposición tenga derecho absoluto de prioridad sobre el otro lado. En todos los casos, el sentido común, cortesía profesional y el reconocimiento de conflictos de tiempo deberán regir.
Para deponer efectivamente a un experto, un abogado necesita acceso al archivo de este experto y cada documento en el que él se ha basado para formular su opinión. Además, es importante el colectar cualquier información que pueda demostrar ante el jurado que el experto tiene preferencia a favor de la parte que lo ha retenido. Desafortunadamente, el código de procedimientos civiles sección 2034 no provee un mecanismo para la producción del archivo completo del experto y sus récords de facturación. La sección 2034 (g) cubre únicamente “reportes y escritos descubribles”, que parece indicar el producto de trabajo experto, y por ello completa la producción de una categoría más estrecha de documentos de la que es necesaria. De hecho, muchos expertos no preparan reportes escritos. Por ello, se requiere una citación para obtener todos los archivos del experto en el asunto. Una alternativa de acercamiento es el estipular con el consejero oponente que los expertos cumplirán voluntariamente con una noticia de producir y traer documentos requeridos para su testimonio (o de producir los en una fecha mutuamente acordada antes de la deposición) sin la necesidad de un citatorio.
Mi oficina típicamente requiere los siguientes documentos:
1.- Cualquier y todos los reportes, notas, vemos, hojas de trabajo, e información de soporte utilizada en conjunción con la formulación de la opinión del testigo en este caso y/o realizada por él en la investigación y revisión de este caso;
2.- Cualquier y todos los escritos o grabaciones que reflejan la opinión del deponente con respecto a este caso;
3.- Cualquier y toda la correspondencia con respecto a este asunto incluyendo, pero sin limitarse a, cualquier correspondencia entre el abogado y su firma y el deponente;
4.- Cualquier y todos los registros de negocios que reflejan tiempo y esfuerzo en este asunto, incluyendo pero sin limitarse a, fracturas, cargos diarios y por hora, registros de tiempo y libros;
5.- Si el deponente ha realizado fuentes externas tales como libros o artículos u otros materiales escritos que se relacionan a la materia de esta litigación y se relacionan a su investigación en el asunto, entonces él es requerido de producir tal material;
6.- Cualquier y todos los diagramas, dibujos o ilustraciones demostrativas que el experto ha creado o en los que se ha basado para trabajar en este asunto, ya sea en borrador o en forma final.
7.- Cualquier y todas las animaciones en video o recreaciones visuales ilustrativas o pertinentes a cualquiera de las opiniones del experto relacionadas con este asunto.
8.- El expediente completo del testigo en este asunto.
Este listado en general, y en casos particulares a menudo requerimos documentos específicos. Esta lista está usualmente incorporada en el requerimiento de producción incluido en la noticia de deposición. Como discutimos anteriormente, sin embargo, algunos pasos deberán tomarse para asegurarse de que se cumplirá con la noticia.
Cuando se prepara el esquema propio para la deposición de un experto opuesto, es de mucha ayuda a mantener en mente lo que uno quiere conseguir. Los objetivos al tomar la deposición de un experto incluyen:
1.- Aprender las opiniones que el experto intenta expresar en un juicio, y obtener tanta información como sea posible en las bases para estas opiniones. En mi opinión, la meta principal es “ precisar” al experto tanto como sea posible. Esto previene sorpresas durante el juicio y permite que uno prepare su propia presentación para la interrogacion cruzada de los testigos opuestos.
2.- Preparar el terreno para una interrogacion cruzada efectiva en el juicio.
• i. Lograr que el experto se comprometa con una posición específica (y las bases para esa posición) permite que uno desarrolle una estrategia para “hacer agujeros” en las conclusiones del experto en el juicio.
• ii. Al aprender lo que el experto cree es cierto, uno puede inducir al experto a adoptar la teoría de su cliente acerca del caso tanto como sea posible. Esta concesión puede incluir tanto hechos subyacentes y opiniones expertas.
• iii. Descubrir formas de representar al experto como no calificado y/o parcial antes del juicio. La educación del experto, sus antecedentes y entrenamiento necesitan ser explorados, con énfasis particular en el asunto exacto que se manejan. Preguntas e imparcialidad incluyen cuánto ha cobrado este testigo particular por su trabajo en el asunto, su historia con la firma que lo ha retenido, y el nivel de su involucramiento en asuntos legales en general.
• iv. El coleccionar todos los materiales en los cuales se basó el experto para formular estas opiniones, incluyendo tanto documentos específicos del caso como textos y tratados generales. Esto puede ser adoptado por, comentado por o neutralizado por los expertos propios (dependiendo en el escenario), y uno deberá de buscar por inconsistencias entre la opinión del experto y los materiales de fundación que el experto ha citado.
3.- Descubrir las debilidades en el caso de su cliente (al menos como son percibidas por el consejo opositor).
4.- Evaluar la conducta y apariencia del experto.
Con las metas antes mencionadas en mente, he desarrollado una simple lista de verificación que utilizo para la mayoría de las deposiciones de expertos que hago. Esta forma el esqueleto de mi formato de deposición, y a ella agrego preguntas específicas del caso e hipótesis.
Mantenga en mente que la pregunta más importante para un experto en deposición es “¿por qué?”. Irónicamente, “¿por qué?” Es la peor pregunta para preguntar a un experto en la oposición (o cualquier experto de consejo, para el caso) en el juicio, pero una deposición efectiva previene al Consejo de juicio de tener que tomar este camino peligroso de hecho en el juicio.
i. Una opinión que contradice la conclusión de un tratado citado puede ser de mucho valor en el juicio.
Cerca del 90% de las discusiones en la sección anterior es cubierta al utilizar la lista siguiente de preguntas simples tantas veces como sea necesario hasta que el experto no tenga más que decir.
Estas preguntas necesitan ser preparadas para cada tópico, y para cada opinión dentro de un tópico, según sea necesario. A riesgo de sonar repetitivo, el objetivo es el obtener metódicamente una lista detallada de cada una y todas las opiniones, y cada base para estas opiniones.
El enfoque de la deposición del experto revuelve alrededor del “¿Qué?” y el “¿Por qué?”. En otras palabras, “¿Qué cree usted?” y “¿Por qué cree esto?”. Manteniendo este enfoque en mente nos permite cuestionar al experto oponente en una forma organizada y metódica, y concreta efectivamente al experto de manera que su habilidad de presentar opiniones diferentes en el juicio está comprometida.
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