$1,315,000: Auto Choca Con La Parte Trasera De Triciclo-Taxi Durante Un Desfile

DESCCRIPCION DEL CASO: Mientras los demandantes paseaban en un taxi triciclo fueron golpeados por el acusado quien ya se iba del desfile, los demandantes aseguraron que el taxi triciclo no tomo todas las medidas de seguridad que se esperan de un transporte público.

RESULTADO:Arreglo Total de $1, 315,000.00

El 26 de Julio del 2003, los demandantes Gail H. y Adele S. asistieron al Festival del Orgullo San Diego en Balboa Park, San Diego aproximadamente a las 3:30p.m., los demandantes dejaron el festival y decidieron tomar un taxi triciclo de la locación del festival en la sección sur del Balboa Park (Mariner’s Point), para volver a su vehículo, el cual estaba estacionado en la avenida 3era y la calle Washington en la sección Hillcrest/Misión Hills de San Diego.

Los demandantes abordaron el taxi triciclo, propiedad y operado por Frank S, (d/b/a SoCal pedicabs) en la Sexta Avenida y la calle Juniper. Frank procedió a la 5ta avenida, dio una vuelta a la derecha y se dirigió por el carril numero tres (#3) del trafico de la 5ta avenida hacia el norte sobre la 5ta hacia la locación de su vehículo. En esta área de 5ta avenida hay tres carriles, y es una calle de un solo sentido con el límite de velocidad en treinta (30) millas por hora.

Mientras que Frank S. continuaba operando el taxi triciclo hacia el norte por la 5ta avenida, Frank maniobro el taxi del 3er carril derecho hacia el carril central, o el carril número 2 del tráfico. En ese momento, Frank estaba operando el taxi triciclo a una velocidad de solo 3 – 5 millas por hora en el carril central de la 5ta avenida.

Después de viajar en el carril central por 30 segundos –un minuto, Frank empezó a maniobrar el taxi triciclo hacia el carril número uno (izquierda) del tráfico. Antes de que Frank pudiera completar la transición de mover el taxi triciclo al carril rápido, el taxi fue golpeado por un automóvil conducido por Robert C., quien no tenía seguro y tenía la licencia suspendida.

El impacto de la colisión mando a los demandantes volando a través del aire y hacia el pavimento de la 5ta avenida.

Los demandantes contendieron que Frank S., el dueño y operador del triciclo taxi fue una factor contribuyente que causo el incidente, al fallar en conducir “tan cercano como sea posible” a la derecha o izquierda de una calle de un solo sentido como es requerido para las bicicletas por el código vehicular sección 21202.

Los demandantes también argumentaron que el taxi triciclo era un transporte público y por lo tanto el dueño acusado tenía el más alto deber de cuidado. Como tal, los demandantes sostuvieron que el acusado era además responsable por operar el taxi triciclo en el carril central por un período extendido a una velocidad de 3 a 5 millas por hora (velocidad caminando).

Los demandantes también sostuvieron que el acusado SoCal pedicabs no equipo el taxi con los aparatos necesarios para incrementarla visibilidad de los taxis para los automovilistas, a pesar del conocimiento de la disponibilidad de dichos aparatos, y el su uso en otras jurisdicciones. El demandante sostuvo que el taxi triciclo no era visible para los automovilistas, como fue confirmado por los testigos quienes pasaron el taxi triciclo solo momentos antes de la colisión, y testificaron que “yo estaba en el carril izquierdo y cuando pase al lado del taxi triciclo y solo dije una pequeña oración, porque estaba tan sorprendida al ver al taxi triciclo ahí. Si hubiera estado en el carril de en medio, le hubiera pegado probablemente’”.

Los acusados argumentaron que Robert C: (1) fue encarcelado por declararse culpable de golpear y huir como resultado de la colisión; (2) había consumido bebidas alcohólicas antes de la colisión;(3) se había declarado culpable de conducir bajo la influencia menos de una año antes de la colisión, (4) estaba conduciendo con una licencia suspendida debido a su DUI previo;(5) estaba conduciendo un vehículo con problemas mecánicos conocidos.

TIPO DE CASO: Auto contra Taxi Triciclo

LESIONES:

Para Adele S. — lesión cerrada de cabeza con desorden residual traumático de convulsiones, hematoma epidural temporal derecho que requirió de craneotomía quirúrgica, fractura de clavícula derecha, fractura de omoplato derecho.

Para Gail H. — Lesion cerrada de cabeza, fractura del ala pélvica derecha, fractura por compresión de C-2, laceraciones.

FECHA Y LOCACION DEL INCIDENTE: 26/07/03 en la 5ta avenida al sur de Robinson en la Cuidad de San Diego.

EDAD DEL DEMANDANTE: Adele S. – 37 Al momento del incidente.

Gail H. – 52 Al momento del incidente.

ABOGADOS DEL DEMANDANTE: Richard A. Cohn & Casey R. Johnson

AITKEN * AITKEN * COHN

Por los demandantes– Adele S. and Gail H

ABOGADOS DEL ACUSADO: Norman Ryan

RYAN, MERCALDO & WORTHINGTON

Por el acusado –SoCal Pedicabs, Frank S. and Robert C.

SEGURO DEL ACUSADO: Por SoCal Pedicab – Diamond State Ins. Co.